Estimados, clientes,
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Se informa que por disposiciĆ³n de la ResoluciĆ³n del Ministerio de Salud (UGA) 1/2025, publicada en el BoletĆn Oficial el 31/01/2025, los aportes y contribuciones de los trabajadores bajo relaciĆ³n de dependencia, del RĆ©gimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio DomĆ©stico, y las cotizaciones de los beneficiarios adheridos al RĆ©gimen Simplificado de PequeƱos Contribuyentes se derivarĆ”n directamente a la entidad mĆ©dica contratada por los beneficiarios.
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Los trabajadores deberĆ”n verificar su situaciĆ³n en el sitio www.sssalud.gob.arĀ y en caso que el sistema lo requiera, definir su voluntad de permanecer en su Obra Social de origen. Para esto, se habilita el TrĆ”mite a Distancia TAD denominado āVoluntad de Permanencia en Obra Socialā, por un plazo de SESENTA (60) dĆas corridos a partir de su publicaciĆ³n en el B. O. En caso de mantenerse en la Entidad de Medicina Prepaga, no deberĆ”n realizar ninguna acciĆ³n.
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Los beneficiarios que deriven aportes y contribuciones a las entidades contratadas mantendrĆ”n sus derechos con Ć©stas sin modificaciones que pudieran perjudicar la relaciĆ³n contractual o el acceso a las prestaciones mĆ©dicas.
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Se establece que estas derivaciones solo pueden recibirlas entidades debidamente inscriptas en el Registro Nacional de Agentes del Seguro (R.N.A.S.).
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Quedamos a su disposiciĆ³n por cualquier consulta sobre el tema.
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